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LAS CLAVES DE LA PRÓXIMA LEY DE ATENCIÓN AL CLIENTE |
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Esta normativa será de aplicación para todas las empresas (privadas o públicas) que presten servicios esenciales en el territorio español (como por ejemplo, servicios de suministro, servicios financieros, servicios de transporte, etc.), así como a cualquier empresa, independientemente del sector, con más de 250 trabajadores o un volumen de negocio superior a 50 millones de euros. |
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CONVENIO COLECTIVO APLICABLE EN CASO DE DOS ACTIVIDADES DE UNA MISMA EMPRESA |
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En función del denominado “principio de unidad de empresa”, el convenio colectivo aplicable en una empresa ha de ser el que corresponda a la actividad principal de la misma. Si una empresa desarrolla una o más actividades el convenio aplicable sería el de la principal (la actividad que suponga mayor facturación). Un cambio en esta actividad principal implicaría necesariamente un cambio de convenio de existir otro en cuyo ámbito funcional pase a encuadrarse de manera más específica. |
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NUEVOS OBLIGADOS A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE CON LA AEAT |
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Hacienda va a extender la obligación de relacionarse electrónicamente con la Agencia Tributaria (AEAT) a todos los profesionales, autónomos y personas físicas que realicen algún tipo de actividad económica, entre los que incluye a los autónomos en módulos. Así lo quiere establecer el Real Decreto por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos para determinados procedimientos y ciertos colectivos en el ámbito de la AEAT. |
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¿PUEDO APLICAR EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES LOS INCENTIVOS DE LAS EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN? |
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Si su empresa es de reducida dimensión, tiene derecho a disfrutar de interesantes incentivos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades. Le recordamos qué requisitos debe cumplir para ello. |
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